Restricciones


Restricciones

La programación de tránsitos por el Canal toma todas las restricciones para cada tipo de nave. Las restricciones se basan en sus dimensiones físicas, el tipo de buque y/o su carga. Al cumplir con todas las restricciones, el Canal garantiza la seguridad de las operaciones de tránsito en todo momento.

Las restricciones más comunes consideradas para un tránsito por el Canal son:

  • Corte Despejado (CD):  Esto indica que una nave no puede encontrar a otra en el Corte Culebra.  Esta restricción aplica generalmente a los buques con mangas mayores o igual a 91 pies.
  • Corte Despejado con Luz de Día (CDLD): Una nave no puede encontrar a otra en el Corte Culebra y solamente puede transitar durante horas del día.  Algunos barcos CDLD pueden ser programados para el Corte en horas nocturnas.  Esto se decide según cada caso individual por el Capitán de Puerto del Canal.
  • Tránsito con Luz de Día (LD): Una nave no puede transitar las esclusas ni el Corte Culebra en horas nocturnas.
  • Tránsito completo con Luz de Día:  Esta restricción indica que un barco debe realizar su tránsito completo en horas diurnas desde un anclaje externo hasta el otro anclaje externo sin demoras.  Si se llega a estar dentro del Canal en horas nocturnas, la nave deberá ser amarrada en una estación o fondeada en un área designada de anclaje.
  • Restricciones del canal de acceso:  Algunos barcos no están permitidos para acercarse a otros en ciertas áreas del canal de acceso si sus mangas combinadas exceden entre 51.8 o 54.9 metros (170 o 180 pies), dependiendo de sus diseños y de la sección del canal de acceso.

El Corte Culebra y muchos otros canales de accesos han sido ampliados a lo largo de los años para permitir una mayor flexibilidad operacional y mantener la seguridad de los tránsitos.




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